USO
PRECAUCIONES
-
Todos los aparatos de gas cumplirán con las disposiciones y reglamentos que les sean de aplicación.
-
Antes de instalar, conectar y poner en marcha un aparato, se comprobará que está preparado para el tipo de gas que se le va a suministrar y que tanto el local como la instalación que lo alimentan cumplen con las disposiciones que les son de aplicación.
-
Se leerá atentamente las instrucciones de uso entregadas con la compra de los aparatos de gas.
-
Se tendrá siempre ventilado el lugar donde funcione un aparato de gas.
-
Se comprobará que los conductos de evacuación de humos estén correctamente instalados.
-
En ausencias prolongadas y también durante la noche, se cerrará el regulador de gas.
PRESCRIPCIONES
-
El usuario deberá disponer del plano actualizado y definitivo de la instalación interior de gas de la vivienda, en el que queden reflejados los distintos componentes de la instalación privativa, mediante un símbolo y/o número específico.
-
Los elementos y equipos de la instalación deberán ser manipulados solamente por el personal del servicio técnico de la empresa suministradora.
-
Cualquier modificación que se quiera realizar en las redes de distribución de gas deberá contar con el asesoramiento de un técnico competente.
-
El manejo de los elementos de la instalación en las operaciones de trasvase deberá ser efectuado por el personal asignado a ella.
-
Si se detectara olor a gas, el procedimiento a seguir será:
-
Cerrar inmediatamente la llave de la vivienda.
-
No encender ninguna llama ni accionar timbres ni interruptores eléctricos.
-
Ventilar el local.
-
Avisar inmediatamente al servicio de averías de la empresa suministradora.
-
En instalaciones de hasta 70 kW de potencia instalada, la inspección comprenderá desde la llave de vivienda o de local privado hasta los aparatos de gas, incluidos éstos.
-
En instalaciones centralizadas de calefacción e instalaciones de más de 70 kW de potencia instalada, la inspección comprenderá desde la llave de edificio hasta la conexión de los aparatos de gas, excluidos éstos.
-
De forma general, y con independencia de la potencia instalada, en las instalaciones suministradas a una presión máxima de operación superior a 5 bar la inspección comprenderá desde la llave de acometida hasta la conexión de los aparatos de gas, excluidos éstos.
-
En caso de que las operaciones se efectúen con poca luz, el distribuidor facilitará su linterna antideflagrante en aquellas instalaciones que estén obligadas a tenerla.
-
Ante la existencia de fugas, deberá cerrarse la llave de paso correspondiente, ventilar y avisar a un técnico correspondiente sin encender luces o accionar mecanismos eléctricos.
-
Si se detecta la presencia de gases en los tubos, deberá cerrarse la llave de paso y ventilar el local.
PROHIBICIONES
-
No se manipularán las partes interiores de los suministros de gas.
-
No se modificarán las ventilaciones de los recintos donde se ubiquen.
-
No se manipulará ni modificará la red interior.
-
No se conectarán tomas de tierra a la instalación de gas.
-
No se amueblará alrededor de las llaves dejándolas impracticables o sin ventilar.
-
No se forzarán ni manipularán los mecanismos de las llaves.
MANTENIMIENTO
POR EL PROFESIONAL CUALIFICADO
-
Cada año:
-
Comprobación del adecuado aspecto de las canalizaciones y válvulas.
-
Verificación del estado de la canalización con agua jabonosa, nunca con llama, para detectar posibles fugas.
-
Cada 5 años: