IOC
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INSTALACIONES
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CONTRA INCENDIOS
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COLUMNAS SECAS
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USO
PRECAUCIONES
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No se colocará ningún objeto que obstaculice el acceso a los racores de conexión.
PRESCRIPCIONES
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Toda modificación en la instalación o en sus condiciones de uso (ampliación de la instalación, cambio de destino del edificio, etc.) se llevará a cabo previo estudio realizado por un técnico competente especialista en la materia. El usuario deberá consultar y seguir siempre las instrucciones de uso entregadas en la compra de los aparatos y equipos.
PROHIBICIONES
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La instalación de la columna seca es para uso exclusivo del Servicio de Extinción de Incendios.
MANTENIMIENTO
POR EL USUARIO
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Según Real Decreto 1942/1993 y la Orden del 16 de Abril de 1998 sobre el mismo, se establece el programa mínimo de mantenimiento a realizar por el personal usuario o titular de la instalación:
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Cada seis meses se comprobará:
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La accesibilidad de la entrada de la calle y tomas de piso y su señalización.
POR EL PROFESIONAL CUALIFICADO
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Según el Real Decreto 1942/1993 y la Orden del 16 de Abril de 1998 sobre el mismo, se establece el programa mínimo de mantenimiento, a realizar por personal de empresa mantenedora autorizada, para cada uno de los componentes de la instalación.
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Las bocas de las columnas secas y sus tomas de alimentación se inspeccionarán cada año o después de haber sido utilizadas.
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Las tapas y el correcto funcionamiento de sus cierres (engrase, si es necesario).
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Que las llaves de las conexiones siamesas estén cerradas, que las llaves de seccionamiento estén abiertas y que todas las tapas de racores estén bien colocadas y ajustadas.
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